- Ser Ciudadano Americano
- Estar domiciliado en la Isla
- Tener 18 años en o antes del 5 de noviembre de 2024
- No estar Incapacitado judicialmente
Si cumple con los cuatro requisitos de inscripción (Ciudadano Americano, domiciliado en Puerto Rico, tener 18 años en o antes del 5 de noviembre de 2024 y No estar incapacitado judicialmente) puede hacerlo electrónicamente visitando www.entusmanospr.com ó visitar una Junta de Inscripción Permanente.
Nacido en Puerto Rico mayor de dieciocho (18) años: Identificación con foto vigente expedida por Gobierno Estatal, Municipal o Federal y sus últimos cuatro dígitos del Seguro Social. De forma voluntaria podrá presentar la factura de LUMA de la residencia donde vive.
Nacido en Puerto Rico y cumple los dieciocho (18) años durante el cuatrienio:
Visitar la Junta de Inscripción Permanente más cercana para cotejar que su nombre e información aparezca en la Base de Datos del Registro Demográfico. De ser así no tendrá que presentar evidencia para inscribirse. Si su información no aparece en la Base de Datos del Registro Demográfico no se podrá inscribir, a menos que presente un Certificado de Nacimiento en original (el nuevo formato emitido por la Oficina de Registro Demográfico).Identificación con foto vigente expedida por Gobierno Estatal, Municipal o Federal y sus últimos cuatro dígitos del Seguro Social. De forma voluntaria podrá presentar la factura de LUMA de la residencia donde vive.
Nacidos en los Estados Unidos, Continentales, Territorios o Posesiones: Certificado de nacimiento en original o Pasaporte o “Passport Card” de Estados Unidos de América, aunque no esté vigente. Identificación con foto vigente expedida por Gobierno Estatal, Municipal o Federal y sus últimos cuatro dígitos del Seguro Social de forma voluntaria podrá presentar la factura de LUMA de la residencia donde vive.
Nacidos en países extranjeros: Pasaporte de Estados Unidos de América vigente o Certificado de Naturalización (Certificate of Naturalization) o Certification of Birth (Report of Birth) o Certificate of Citizenship oUS Citizen Identification Card (vigente). Identificación con foto vigente expedida por Gobierno Estatal, Municipal o Federal y sus últimos cuatro dígitos del Seguro Social, de forma voluntaria podrá presentar la factura de LUMA de la residencia donde vive.
Nota: Todo ciudadano que presente su solicitud de inscripción dentro de los sesenta (60) días previos al Cierre del Registro General de Electores, deberá presentar copia certificada de su Certificado de Nacimiento, además de evidencia de la dirección de su domicilio.
Las Juntas de Inscripción Permanente trabajan de lunes a sábado de 8:00 a.m. a 4:15 p.m.
No. Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) cuenta con fondos predestinados para hacerle llegar las papeletas y sobres predirigidos, donde usted deberá enviar las mismas una vez emita su voto. De ser un lugar remoto fuera de E.U., debe indagar en la oficina postal de su localidad, si no conlleva un costo adicional.
Sí, puede hacerlo electrónicamente visitando www.entusmanospr.com ó ceepur.org
Sí. Luego de verificar en la Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) que efectivamente su papeleta no le ha llegado, usted tiene derecho a un segundo envío. Para más información se puede comunicar al (787) 764-5601 o escribir a javaa@cee.pr.gov.
No necesariamente. Verificamos el día en que Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) le envió la papeleta y si está dentro de los 30 días en E.U., ó 45 días fuera de E.U., la misma se cuenta y se agrega al total general, según van llegando.
Sí. De usted preferir que algún familiar se responsabilice por enviársela a usted, la Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) aceptará su decisión. El Código Electoral de Puerto Rico indica que en su solicitud deberá incluir la dirección postal completa del lugar donde recibirá por correo sus papeletas de votación.
Tendrá que acudir a la Junta de Inscripción Permanente para que le expidan una Tarjeta de Identificación Electoral. Podría presentar al momento de votar, además de la Tarjeta de Identificación Electoral de la Comisión, se autoriza la validez de tarjetas de identificación vigentes y con fotos como: cualquiera expedida conforme al Real ID Act of 2005, el U.S. Passport, el U.S. Global Entry, las Tarjetas de Identificación de las U.S. Armed Forces y de la Marina Mercante de Estados Unidos de América, la licencia de conducir expedida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico (DTOP).
Solicitar que se le asigne al Colegio de Fácil Acceso de su centro de votación (escuela) para garantizarle la mayor accesibilidad al proceso de votación.
Debe descargar la solicitud, llenarla, y enviarla firmada a la Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) mediante correo electrónico.
Ver las Solicitudes
Correo electrónico: java@cee.pr.gov
A estos fines, usted o un pariente suyo puede acudir a la JIP o acceder a la página de internet y solicitar dicho servicio en o antes del Cierre Electoral que es el 16 de septiembre de 2024.
La CEE tiene un programa de acción afirmativa para facilitar el proceso de votación a electores con impedimentos. El día del evento en cada unidad existen herramientas de asistencia para los electores con impedimentos que así lo soliciten, para que pueda ejercer su derecho al voto de forma privada e independiente. Tales como:
- Plantillas en braille para los electores ciegos
- Lupa la cual permite ampliar la letra de la papeleta
- Rampa removible en la entrada del Centro de Votación
- Casetas amplias que permiten la entrada de sillas de ruedas, andadores, etc.
Además, los electores que posean otras herramientas de asistencia tecnológicas para su uso personal están autorizados por la CEE a llevarlos al Centro de Votación.
La Comisión ofrece las siguientes modalidades:
- Voto adelantado por correo
- Voto adelantado en el domicilio
- Voto adelantado en el precinto
- Voto por Teléfono en el domicilio o en el Colegio de Fácil Acceso el día de la elección general
Tiene que acudir a la JIP para que coteje su estatus electoral y le realicen la transacción que requiera. De proceder le entregarán una nueva Tarjeta de Identificación Electoral (TIE).
Si por accidente o equivocación daña la papeleta de votación tiene derecho a solicitarle al funcionario de Colegio que le entregue otra papeleta de la misma categoría. Tiene que devolver la papeleta al funcionario de Colegio. No se le podrán entregar más de dos papeletas por categoría o candidatura.
Debe descargar la solicitud, llenarla, y enviarla firmada a la Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) mediante correo electrónico.
Ver la Solicitud
Correo electrónico: java@cee.pr.gov
Si usted es un elector con una solicitud aprobada por la JAVAA y notificado del envío de sus papeletas, en caso de no recibirlas, puede contactar a la JAVAA. La JAVAA evaluará y determinará si un segundo envío aplica.
Toda papeleta del voto ausente y voto adelantado por correo deberán ser enviada por servicio postal de EE. UU o una empresa postal autorizada para operar dentro de los Estados Unidos con matasello postal fechado no más tarde del día de votación o elección general. Se considerarán válidamente emitidos aquellas papeletas votadas que sean recibidas en la Comisión Estatal de Elecciones, en o antes del último día de escrutinio general del evento electoral.
Autorizado por la Oficina del Contralor Electoral OCE-SA-2024-05536